Instrucción sobre los estudios de Derecho Canónico

La Santa Sede, a través de la Congregación para la Educación Católica, de la que dependen los Institutos de Estudios Eclesiásticos, ha publicado el pasado 29 de abril, previa aprobación y autorización del Santo Padre dos días antes, el 27 de abril, la Instrucción sobre los estudios de Derecho Canónico a la luz de la reforma del proceso matrimonial. Como se recordará, la reforma pontificia del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad matrimonial fue promulgada el 15 de agosto de2015 con los dos Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus (para el rito latino) y Mitis et misericors Iesus (para el rito oriental). Igualmente, la post-sinodal Exhortación Apostólica Amoris Laetitia, de 19 de marzo de 2016, recoge la necesidad de formar a los agentes de los Tribunales eclesiásticos y de la pastoral matrimonial y familiar, con el fin de que las iglesias particulares o diócesis tengan a su servicio un personal adecuado y preparado para desempeñar estos ministerios o servicios.

La presente Instrucción presenta las siguientes novedades: En primer lugar, potenciar el nivel de estudios de las 42 Facultades de Derecho Canónico que existen en el mundo. Estas son las competentes para otorgar los títulos académicos de Licenciado y Doctorado en Derecho Canónico. También podrán establece un curriculum de estudios para la obtención de un Diploma en Derecho Matrimonial y Procesal, como título propio. En segundo lugar, las Facultades de Teología y las Facultades de Derecho Civil de las Universidades Católicas podrán contar con un Departamento de Derecho Canónico y establecer la Cátedra de Derecho Canónico. En las Facultades de Teología, en el primer ciclo de estudios filosófico-teológicos, se incrementa la formación mínima en Derecho Canónico a tres semestres (9 ECTS), dedicando un semestre al estudio del Derecho Matrimonial y Procesal (3ECTS). En tercer lugar, las Cátedras de Derecho Canónico, en la Facultad de Teología y en la Facultad de Derecho Civil en la Universidad Católica, podrán formar a los consejeros de primer nivel (párrocos y otros de ámbito parroquial) con cursos adecuados. También, las Facultades de Teología con Departamento de Derecho Canónico, si no existe una Facultad de Derecho Canónico, podrán formar consejeros de segundo nivel, ofreciendo un curriculum de estudios con el que puedan adquirir el Diploma de Consejero Matrimonial y Familiar. En cuarto lugar, para los consejeros de tercer nivel, abogados, la Facultad de Derecho Canónico podrá ofrecer un Diploma en Derecho Matrimonial y Procesal, con un curso de un año académico (60 ECTS).

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